Muchos docentes y familiares se preguntan por la diferencia entre adaptación curricular significativa y metodológica.
Es una pregunta clave a la que, incluso la normativa, ofrece respuestas ambiguas.
En esta entrada te voy a explicar en qué consiste cada una de las adaptaciones y sobre todo, la diferencia entre adaptación curricular significativa y metodológica.
La diferencia entre adaptación curricular significativa y metodológica
Antes de abordar la diferencia entre adaptación curricular significativa y metodológica, voy a tratar de explicarte en qué consiste cada una de esas adaptaciones.
Adaptación curricular significativa
En primer lugar, las adaptaciones curriculares significativas tienen un carácter individual, es decir, se elaboran para un alumno concreto.
Modificación de los elementos prescriptivos
Lo más importante es que la adaptación curricular significativa, supone la modificación sustancial de alguno de los elementos prescriptivos del curriculum.
Los elementos prescriptivos del curriculum son los objetivos de la etapa, los contenidos, los criterios de evaluación o los estándares de aprendizaje evaluables.
Modificación sustancial significa que se suprimen, se añaden o se proponen elementos de un curso diferente al que se encuentra escolarizado.
Por ejemplo, lo más frecuente suele ser que a un alumno que se encuentra en 4º curso de Primaria y se le realiza una adaptación curricular significativa en determinada área, se le proponen contenidos, criterios de evaluación y o estándares de aprendizaje evaluables de 2º de Primaria.
Generalmente también, se considera una modificación sustancial, cuando implica una propuesta de dos cursos de diferencia como mínimo.
Alumnos con necesidades educativas especiales
Las adaptaciones curriculares significativas son una medida extraordinaria de atención a la diversidad.
Como tal, solo se puede proponer con el alumando que presente necesidades educativas especiales, ACNEE.
Evaluación psicopedagógica y Dictamen de Escolarización
Como las adaptaciones curriculares significativas están destinada solo al alumnado con necesidades educativas especiales, solo se pueden proponer previa Evaluación Psicopedagógica y Dictamen de Escolarización.
En esta entrada, expliqué en qué consistía el Dictamen de Escolarización.
Es en el Dictamen de Escolarización donde se debe establecer en qué áreas un alumno o alumna va a precisar Adaptación Curricular Significativa.
Consecuencias para la calificación
Otro de los aspectos que marcan la diferencia entre adaptación curricular significativa y metodológica es la referente a la calificación.
En primer lugar, a los alumnos que en un área tengan adaptación curricular significativa, se les califica según su adaptación curricular.
Por ejemplo, pensemos en un alumno de 5º de Primaria que en el área de Matemáticas cursa con Adaptación Curricular Significativa y se le están proponiendo aprendizajes de 3º de Primaria en Matemáticas.
A este alumno se le califica según su adaptación curricular de 3º de Primaria. En el boletín de notas y en sus documentos de evaluación, aparecerá la calificación según su adaptación curricular (de 3º de Primaria) pero se señala que esa calificación obtenida es con Adaptación Curricular: normalmente esto se marca con un asterísco o con la observación ACI.
Esa señal indica que el alumno de 5º de Primaria, obtiene por ejemplo notable en matemáticas, pero que ese notable no corresponde a los contenidos de 5º, sino de su Adaptación, en este caso de 3º de Primaria.
Consecuencias para la Titulación
Sin embargo, la adaptación curricular significativa sí puede tener consecuencias para la obtención del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Un alumno puede ir superando sus adaptaciones curriculares, pero para obtener la titulación de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, no basta con eso, es necesario que logre los objetivos de la etapa de ESO.
Por ejemplo, si un alumno, gracias a sus adaptaciones alcanza un nivel equivalente a 1º o 2º de Secundaria, desgraciadamente no obtendría el Título de Graduado, a pesar de superar sus adaptaciones. Así viene establecido en la normativa de la mayoría de comunidades autónomas.
¿Es obligatorio tener adaptación curricular significativa?
La pregunta es si todos los alumnos con necesidades educativas especiales precisan adaptación curricular significativa. La respuesta es no; no todos los ACNEES precisan adaptación curricular significativa o al menos, no en todas las áreas.
Hay alumnos que no requieren este tipo de adaptación. Otros solo la requieren en determinadas áreas y en otras no.
Por ejemplo, un alumno con deficiencia visual, puede cursar el mismo curriculum que sus compañeros de edad: los mismos objetivos, contenidos, criterios de evaluación... Tan solo requiere algunas adaptaciones no significativas.
En estos casos y similares, sí podrían conseguir el Título en Graduado en Educación Secundaria.
¿Y si prefiero que no tenga adaptación curricular significativa?
Algunas familias, solicitan que a su hijo no se le realice adaptación curricular significativa, porque consideran que de esta forma se les cierra la puerta a la obtención del Título.
En realidad, este tipo de adaptación se propone cuando el alumno no puede abordar el curriculum ordinario, como una medida para que pueda progresar en sus aprendizajes.
No tendría mucho sentido proponer a un alumno de 6º de Primaria, que tiene un nivel de 3º de Primaria, aprendizajes de su curso actual: eso sería frustrante y a penas avanzaría en sus aprendizajes.
Además, el hecho de no realizar adaptación curricular, cuando en realidad la necesita, no aumenta las posibilidades de conseguir el Título.
La adaptación metodológica
En este artículo estoy tratando de explicarte la diferencia entre adaptación curricular significativa y metodológica.
Una vez que he explicado en qué consiste la adaptación curricular significativa, voy a explicarte la adaptación metodológica.
En qué consiste
En primer lugar, la adaptación metodológica no afecta a los aspectos prescriptivos del curriculum. No afecta a los objetivos, contenidos, etc.
Suponen la modificación o adaptación de algunos aspectos metodológicos. Por ejemplo, los siguientes:
- La forma de presentar las actividades y tareas.
- El tiempo disponible para realizar los exámenes.
- El formato de preguntas y/o respuestas en los exámenes.
- La posibilidad de evaluación oral.
- El uso de ordenador para escribir.
- Las ayudas que se le prestan,
- El tipo de cuaderno, útil de escritura, agenda.
- El hecho de no copiar enunciados en las tareas.
- Modificar la cantidad de tarea.
- El tipo y formato de actividades y tareas.
- Priorizar una serie de aprendizajes básicos.
- Etc.
¿A qué alumnado se le pueden realizar?
Uno de los aspectos más ambiguos es a qué alumnado se le puede proponer una adaptación metodológica.
En esto la normativa no es la misma para todas las comunidades autónomas y en algunos casos, no es del todo clara.
Una primera pauta es que se le puede proponer a todo el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, ACNEAE. En esto sí hay consenso.
Por ejemplo, al alumnado con TDAH, con Dificultades específicas de Aprendizaje, Alumnado de incorporación tardía o por Condiciones Personales.
Estas medidas deberían estar reflejadas en el Informe de Evaluación Psicopedagógica.
Pero también se pueden aplicar con los alumnos con necesidades especiales. A estos se les pueden aplicar solo estas adaptaciones metodológicas o también las que acabamos de ver, de medidas de adaptación curricular significativa.
Por tanto, preferentemente son medidas pensadas para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, ACNEAE, previo informe de evaluación psicopedagógica.
Otro alumnado
Pero por otro lado, la normativa de muchas comunidades autónomas no cierra la posibilidad de que las adaptaciones metodológicas se puedan aplicar con cualquier alumno, en cualquier momento del proceso de enseñanza.
Solo haría falta que el profesor estableciera este tipo de medidas en su programación de aula, ya que se consideran medidas ordinarias de atención a la diversidad.
Lo más sensato, desde el punto de vista pedagógico, es que las adaptaciones metodológicas, se adopten a criterio del profesor, en el momento que lo vea conveniente, sin necesidad de evaluación psicopedagógica.
Y además tengan un carácter provisional, en el sentido de que se puedan retirar cuando ya no se precisen.
Diferencia entre adaptación curricular significativa y metodológica
Una vez definidos ambos tipos de adaptación vamos a explicarte la diferencia entre adaptación curricular significativa y metodológica.
Beneficiarios
La primera diferencia es que las adaptaciones curriculares significativas solo se pueden proponer a los alumnos con necesidades educativas especiales.
Mientras que las adaptaciones metodológicas se pueden proponer a los alumnos que no tengan necesidades educativas especiales. Preferentemente a los ACNEAE, pero en casi todas las comunidades, no se excluye al resto de alumnado.
Requisitos
La adaptación curricular significativa solo se puede proponer sí así queda reflejado en el Dictamen de Escolarización.
Para la adaptación metodológica, no se precisa Dictamen de Escolarización. Puede precisar Informe de Evaluación Psicopedagógica, en el caso de los ACNEAE o ni siquiera Informe Psicopedagógico en el resto de alumnado.
Calificación
Otra diferencia entre adaptación curricular significativa y metodológica está en la calificación.
En el caso de las adaptaciones curriculares, se califica tomando como referencia la propuesta de curriculum adaptado. Esta situación queda reflejada en sus calificaciones y expediente del alumno.
En el caso de las adaptaciones metodológicas, se califica según el curriculum del curso en el que se encuentra en alumno o su grupo clase.
Algunos profesores suelen preguntar si a un alumno al que se le ha modificado el tipo de examen se le puede otorgar la misma calificación que al resto del alumnado. Dependerá de los criterios de calificación que tenga el profesor.
En principio, si solo afecta a los aspectos formales, no tendría por qué modificar. Pero si afecta en el sentido de que solo se le evalúa de aprendizajes básicos o prioritarios, sí puede obtener diferente calificación.
Titulación
La adaptación curricular significativa sí puede afectar al hecho de obtener el Título de Graduado en Educación Secundaria, ya que solo se obtiene si el alumno supera, no su adaptación curricular, sino los objetivos y aprendizajes de la etapa.
La adaptación metodológica no afecta a la posibilidad de obtener el Título, siempre que el alumno consiga superar los objetivos y aprendizajes de la etapa.
Medidas de atención a la diversidad
La última diferencia entre adaptación curricular significativa y metodológica consiste en el tipo de medida de atención a la diversidad de cada una de ellas.
Mientras que la adaptación curricular significativa es una medida extraordinaria de atención a la diversidad, la adaptación metodológica, es una medida ordinaria de atención a la diversidad.
Conclusiones
Aunque el artículo se ha hecho un poco extenso, ha sido necesario para poder aclarar la diferencia entre adaptación curricular significativa y metodológica.
Espero que te hayan podido aclarar las posibles dudas y que finalmente ambos conceptos queden claros.
Para terminar, te dejo algunos artículos relacionados que tengo publicados sobre el tema:
- Qué son las adaptaciones curriculares
- Diferencia entre ACNEAE y ACNEE
- Qué es el Dictamen de Escolarización
- Medidas extraordinarias de atención a la diversidad
jesusjarque
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18 comentarios en “Diferencia entre adaptación curricular significativa y metodológica”
Jesús, muchísimas gracias por la información, pues creo que a la hora de evaluar, siempre nos vemos con las contradicciones y errores de actuación frente a nuestros alumnos. De hecho, acabo de compartir tu entrada en una cuenta de correo que tenemos para todo el claustro.
Un saludo.
Asun
Muchas gracias me alegro.
Gracias por tus aclaraciones. Me queda una duda: El alumnado que no es ACNEE y presenta desfase Curricular de más de dos cursos también requiere de ACI, es así?
Hola, dependerá de lo que esté regulado en las Comunidades Autónomas: es Castilla-La Mancha, por lo menos, no se les puede realizar ACI significativa
Muy interesante.
Hay colegios donde se plantean mínimos, y si no llega a mínimos del nivel, se entiende que debe tener aci significativa ?
¿Qué opinión tienes?
Una duda que me surge es la nota que debo ponerle a un alumno con dislexia con adaptaciones metodológicas.
Si la calificación de sus exámenes son de 7 y la nota final resultante es un 7, ¿en el boletín de notas debe aparecer un 5 como máximo por las adaptaciones metodológicas o se le debe poner la nota obtenida gracias a esas adaptaciones?.
¿En qué ley aparece que las adaptaciones metodológicas son medidas ordinarias de atención a la diversidad y pueden ser aplicadas a cualquier alumno sin necesidad de tener un dictamen psicopedagógico?
Sería muy bueno saberlo para poder ayudar a mi hijo
Muy interesante. Me puedes aclarar si la adaptación curricular metodológica es lo mismo que la adaptación metodológica?. Y en el caso de que sean adaptaciones distintas, en que se diferencian?
Gracias.